Estás en:Nuevas
Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural - FEADER

Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias - 22/06/2026

Axudas a investimentos produtivos en explotacións agrarias - 22/06/2026

Convocatoria:
Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático y uso eficiente de los recursos naturales. Explotaciones agrarias.

Objetivos:
Ayudas destinadas a acelerar la modernización de los equipamientos y el uso de tecnologías que permitan una utilización más eficiente de los recursos naturales en los procesos productivos y la incorporación de equipamiento más eficiente energéticamente.

Entidades beneficiarias:
Titulares/cotitulares de explotación agraria inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia o bien ser persona agricultora chica que se establece con un plan empresarial que incluye actuaciones en materia de mitigación-adaptación al cambio climático y al ambiente.

Gastos subvencionables:
la) Máquinas relacionadas con la gestión eficiente de estiércoles y purines. La maquinaria de aplicación de purín mediante sistemas de plato, abanico o cañones no se considera elegible.
b) Máquinas que mejoren la aplicación eficiente de fertilizantes.
c) Máquinas que mejoren la aplicación eficiente de productos fitosanitarios.
d) Maquinaria agrícola que optimice la gestión de recursos:
la. Carro mezclador con análisis NIR de la ración.
b. Tractor con clasificación energética A.
c. Robot.
y) Componente de agricultura de precisión para la adaptación de equipamientos en la explotación:
la. Kit de adaptación ISOBUS.
b. Sensor NIR.
c. Sistema de adaptación de máquinas para trabajo variable.
d. Sistema de autoguiado.
f) Estudios técnico-económicos de viabilidad.

Cuantía de la subvención:
1. El importe de la ayuda será del 40% de los costes elegibles, que podrá incrementarse hasta un máximo del 75% en función de la aplicación de los siguientes criterios:
la) 10% cuando las inversiones sean realizados por una persona que cumpla las condiciones de persona agricultora chica.
b) 10% en el caso de inversiones en zonas con limitaciones naturales de montaña o en Red Natura 2000.
c) 10% en el caso de inversiones en explotación de agricultura ecológica.
d) 5% en caso de que la persona titular de la explotación sea mujer.
En el caso de inversiones en explotación intensiva, la ayuda se limitará al porcentaje de ayuda base.
2. La inversión mínima elegible se establece en 12.500 euros.
3. La cuantía máxima de la ayuda se establece en 100.000 euros.

Plazos:
Plazo de presentación de solicitud: 22/05/2026 - 22/06/2026

Documentación y bases:
Bases reguladoras
BDNS 
Sede electrónica

Contacto:
Consellería de Medio Rural
Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias
Subdirección General de Explotaciones Agrarias
Servicio de Explotaciones y Asociacionismo Agrario
Teléfono: 881997215
Email: sxaexplotacions.mediorural@xunta.gal

Más información - Impulso local