De acuerdo con el criterio del Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD) de la ONU, la Ayuda Oficial al Desarrollo comprende los flujos de recursos dirigidos a países y territorios que figuran en la lista de países receptores del CAD y a instituciones multilaterales de desarrollo con destino a receptores de esa misma lista de países. El objetivo principal es el de promover el desarrollo y el bienestar económico de los países en desarrollo.
La Ley 1/2023, de 20 de febrero, reconoce el papel de las entidades locales en la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global, destacando su capacidad para formar alianzas y movilizar recursos y conocimiento experto. Los actores estatales promoverán la cooperación de las entidades locales y facilitarán los trámites burocráticos. Esta cooperación puede realizarse a través de fondos municipales o de otras entidades.
Según el establecido en dicha ley, la planificación estratégica se articula a través, entre otros, del Plan Director de la política de cooperación para el desarrollo sostenible. Este Plan Director establecerá la política de cooperación para el desarrollo sostenible en el marco de las respectivas competencias de cada administración.
En parecidos términos, se expresa la Ley gallega 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo en Galicia y que también menciona a las entidades locales cómo importantes actores de la cooperación gallega, cuya actuación deberá respetar los principios y criterios establecidos a través del Plan Director de la cooperación gallega para el desarrollo vigente.
Desde hace más de una década, a Diputación provincial de A Coruña apoya la cooperación gallega, especialmente para proyectos de ayuda al desarrollo. Anualmente, concede subvenciones para cofinanciar proyectos en distintas áreas de ayuda al desarrollo, en sus distintas variantes (cooperación internacional, ayuda humanitarias, sensibilización, educación para el desarrollo, ...) que se realicen por parte de las entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan la condición de beneficiarias de conformidad con el establecido en las respectivas bases reguladoras. Los proyectos deben seguir las prioridades del "V Plan Director de Cooperación Gallega (2023-2026)", que incluye la erradicación de la pobreza, la igualdad de género y la lucha contra el cambio climático, así como las prioridades geográficas, grupos prioritarios y ámbitos estratégicos señalados en el citado plan.
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