Recursos
Pode presentar un escrito y enviarlo firmado por el sujeto pasivo, o en su caso, por su representante, junto con la documentación que considere oportuna, por cualesquier de estos medios:
Telemáticamente con certificado digital, DNI electronica o Cl@ve a través de nuestra Oficina Virtual Tributaria o de nuestra Sede electrónica
A través de cualquier de los medios de registro establecidos en la Ley de procedimiento administrativo
Presencialmente en una de nuestras oficinas(https://www.dacoruna.gal/atencion-cidada/canle-atencion/canle-atencion/#Atencion+a lo+Contribuinte).
El recurso de reposición se interpondrá dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación del acto administrativo cuya revisión se solicita
