La teleasistencia provincial
La Diputación provincial de A Coruña viene prestando el Servicio de Teleasistencia desde el año 1999. En principio en colaboración con el IMSERSO y la FEMP mediante un convenio tripartito. Desde el año 2013 la gestión y financiación del Programa están a cargo de esta diputación en exclusiva, contratándose la prestación del servicio a una empresa especializada en esto.
La solicitud la realizan los servicios sociales del ayuntamiento de residencia de la persona. Las personas solicitantes deben contactar con los servicios sociales comunitarios de su ayuntamiento de residencia donde han de valorar su situación y orientar con los documentos para la solicitud.
El servicio tiene como objetivo proporcionar seguridad y tranquilidad a las personas usuarias y a sus familiares garantizando la atención en caso de emergencia. Para eso cuenta con capacidad para movilizar recursos en caso de emergencia sanitaria, domiciliaria o social durante las 24 horas del día todos los días del año, ofreciendo un acompañamiento profesional que se puede particularizar en función de las necesidades de las personas usuarias. El funcionamiento de este sistema consiste en el contacto permanente de las personas usuarias con una central de atención. Estas personas disponen de un terminal conectado a la suya red telefónica, que se acciona con solo presionar el botón de la pulsera o medallón que deben llevar siempre consigo.
Las personas beneficiarias directas del programa son 90 ayuntamientos de la provincia con menos de 70.000 habitantes adheridos al programa (actualmente se encuentran adheridos todos excepto Muros, Santiago de Compostela y A Coruña). Son personas usuarias potenciales las mayores de 65 años, que residen en estos ayuntamientos, que deben reunir la condición de no dependientes de acuerdo con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y cumplir las condiciones recogidas en el REGLAMENTO TAD 2023.pdf, donde se señala que va dirigido a:
Personas que vivan solas, mayores de 65 años o que padecen una enfermedad o diversidad funcional que les impida desarrollarse en la casa con autonomía.
Personas que conviven con otra, y una de las dos tiene más de 65 corderos y/o padece una enfermedad o diversidad funcional que le limita su autonomía personal y doméstica.
Cualquier persona en situación de riesgo (personas enfermas, ancianos o con diversidad funcional) que viven solas o permanezcan en esta circunstancia la mayor parte del día.
El funcionamiento se desarrolla mediante el contacto permanente de las personas usuarias con una central de atención conectada a un terminal en su red telefónica. El contacto con los profesionales de la central se realiza simplemente con presionar el botón de la pulsera o medallón que deben llevar siempre consigo.
El servicio tiene como objetivo ofrecerle seguridad y tranquilidad a la persona usuaria y a sus familiares garantizando la atención en caso de emergencia. Para eso cuenta con capacidad para movilizar recursos en caso de emergencia sanitaria, domiciliaria o social durante las 24 horas del día todos los días del año.
Para este objetivo el servicio de teleasistencia desarrollará las siguientes acciones:
- Garantizar la comunicación interpersonal, bidireccional, ante cualquier necesidad las 24 horas del día, los 365 días del año.
- Proporcionar atención inmediata y adecuada ante situaciones de emergencia a través de personal especializado.
- Proporcionarle atención presencial a la persona usuaria cuando esta sea necesaria.
- Movilizar recursos ante situaciones de emergencia sanitaria, domiciliaria o social.
- Prevenir, detectando precozmente las situaciones de riesgo que puedan darse.
- Proporcionarles seguridad y tranquilidad a las personas usuarias y a sus familiares garantizando la atención en caso de emergencia.
- Hacer un seguimiento permanente de la persona usuaria desde un Centro de Atención, mediante llamadas telefónicas periódicas (de familiarización, de cortesía y felicitación, de seguimiento quincenal, de recordatorio, de fin de ausencia) con la finalidad de estar presentes en su vida cotidiana, potenciar hábitos de vida saludable y actualizar los datos del expediente socio sanitario de la persona usuaria.
- Gestionar agendas específicas subscritas entre la empresa/entidad prestadora del servicio y la persona usuaria a petición de esta, de su familia o personas allegadas, que permitan recordarles tomas de medicación, actividades o citas.
El servicio es gratuito para todas las personas que cumplan las condiciones para ser usuarias, recogidas en el Reglamento de funcionamiento del Programa de entre ellas destacamos:
No haber reconocido grado de dependencia en el marco de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. En caso de que la persona solicitante tenga en trámite la solicitud de reconocimiento de dependencia deberá reflejarse en el informe social. Si después de estar de alta la persona usuaria, se le reconoce grado de dependencia, deberá informar al ayuntamiento y la diputación causando baja en el programa provincial, cuando tenga derecho efectivo a la misma prestación por el sistema de atención a la dependencia.
Los ingresos anuales de la persona solicitante no deben superar el límite establecido y que se fija en la cuantía correspondiente la 2,5 veces el valor del IPREM anual en 14 mensualidades. A los efectos del cálculo de los ingresos anuales se tendrán en cuenta los ingresos netos de catorce pagas (pensiones, prestaciones económicas, retribuciones...) así como los rendimientos de capital de la persona solicitante.
Tener designada una persona de contacto que tenga acceso a las llaves de la vivienda de la persona usuaria, para su utilización en el caso de necesidad de acceso en una emergencia, en las condiciones valoradas por la empresa adjudicataria del servicio en cuanto a la distancia entre los domicilios.