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Servicios Sociales Municipales

servicios_sociales.jpgEl Programa de Financiación de los Servicios Sociales Comunitarios Municipales en el año 2018 se convoca al amparo del Decreto 99/2012 de 16 de marzo , que regula los servicios sociales comunitarios y su financiación, y que en lo su art. 31, establece que las Diputaciones proporcionarán asistencia económica, técnica y jurídica a los ayuntamientos con menos de 20.000 habitantes en la ejecución de sus competencias en materia de servicios sociales comunitarios y el Decreto 148/2014 por lo que si modifica el Decreto 99/2012, de 16 de marzo , por lo que si regulan los servicios sociales comunitarios y su financiación.

En este año se realizarán las siguientes modificaciones:

  1. Cuantías. Se normalizan los importes de los módulos para cada una de las siguientes categorías de personal adscrito a los servicios sociales: personal administrativo grupo C1 o C2 (módulo I), personal técnico A2 (módulo II) y personal técnico A1 (módulo III). Los nuevos importes de los módulos se recogen en la base 4.
  2. Jornada de los módulos I, II e III. La normalización del módulo supone que cualesquier ayuntamiento que había tenido concedida media jornada podrá solicitar a jornada completa de cualesquier personal.
  3. Personal administrativo. Todos los ayuntamientos podrán solicitar este módulo.
  4. Personal técnico. Los ayuntamientos que no han asignado ninguno de los dos módulos II e III en lo cuadro incluido en la base 12, podrán solicitar la ampliación de financiación para un de estos dos módulos a jornada completa o media jornada. No obstante, estas solicitudes solo podrán ser atendidas cuando el importe total de los desistimientos totales y parciales de financiación que si derive de las solicitudes presentadas suponga la existencia de crédito suficiente y si reúnan los requisitos recogidos en las bases.
  5. Personal auxiliar SAF libre concurrencia. El módulo del personal auxiliar SAF libre concurrencia (módulo IV) se calculará en función de las horas prestadas por los ayuntamientos, estableciéndose una aportación provincial por hora. El importe máximo del módulo IV para cada ayuntamiento se calcula con base en las horas prestadas en lo último ejercicio completamente justificado (ejercicio 2016).

El programa se financiará en 2019, con cargo al crédito dispuesto en la partida 0611/231.21/46201 del Presupuesto de esta Diputación.

Por lo que si refiere al tipo de tramitación, el programa se tramitará de manera telemática a través de la plataforma electrónica de tramitación de subvenciones SUBTEL/SUBTEL, a la que se puede acceder a través de la Sede electrónica de la Diputación de A Coruña. La tramitación telemática se aplicará a todas las fases del procedimiento.

De acuerdo con el dispuesto en el artículo 31.3 del citado Decreto 99/2012 del 16 marzo, este programa va dirigido a la financiación de los servicios sociales comunitarios municipales, por lo que las entidades destinatarias de las aportaciones son los Ayuntamientos y Corporaciones locales con menos de 20.000 habitantes de la provincia de A Coruña,comprendiendo los supuestos en los que los servicios sean prestados por gestión directa o, en su caso, por gestión indirecta mediante contrato o encargo de la gestión.

Las mancomunidades intermunicipales, agrupaciones o fusiones que constituyen entidades instrumentales de los ayuntamientos y que ejercen las competencias delegadas por aquellos podrán ser destinatarias siempre que la población del conjunto de ayuntamientos no supere los 20.000 habitantes.

Mapa de entidades beneficiarias

mapa convenios.jpg

La Diputación Provincial subvencionará los gastos de los profesionales de los servicios sociales comunitarios distintos del perfil profesional del/a trabajador/a social conforme a los módulos siguientes en el que si encuadra el personal correspondiente: módulos del personal administrativo, personal técnico de grado medio, personal técnico de grado superior y del personal so servicio de ayuda a domicilio básico .

  • Módulo I. Personal administrativo grupo C1 o C2: 18.000 €
  • Módulo II. Personal técnico A2: 22.000 €
  • Módulo III. Personal técnico A1: 26.000 €
  • Módulo IV: Servicio de ayuda en el hogar (libre concurrencia): 12 €/hora

Puede consultar las Bases reguladoras del Programa de Financiación de los Servicios Sociales Comunitarios Municipales en el año 2020 en lo BOP